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Cómo gestionar el reparto de una herencia

Formas de realizar la partición de una herencia

La partición de los bienes hereditarios puede ser:

  • Voluntaria. En el caso de que exista acuerdo entre los herederos, y tras el asesoramiento de un abogado, podrá acudir ante Notario a fin de realizar la aceptación de la herencia y adjudicación los bienes en concreto a uno o varios herederos con abono a los restantes herederos del valor de su cuota o parte.
  • Judicial. En caso de desavenencia podrá acudir a los Tribunales. No obstante, es la vía menos recomendada, ya que a falta de acuerdo, los bienes serán subastados judicialmente por un valor inferior.

A continuación, y en la creencia de que es más favorable para nuestros clientes la realización de la partición de la herencia mediante acuerdo entre los herederos, expondremos brevemente unas pautas a tener en cuenta para la partición voluntaria de una herencia.

¿Cuándo es necesario realizar una partición de la herencia?

En el caso de que existan varios herederos a los que les corresponda una parte o cuota de un mismo bien se podrá llevar a cabo la partición de la herencia. Esto es, un heredero se adjudicará el bien en concreto y al otro se le abonará el importe que le corresponda por el valor de su cuota o parte. En caso de no existir un acuerdo entre los herederos, deberá acudir a un abogado a fin de buscar una solución y así evitar la interposición de una demanda judicial.

¿Qué bienes forman parte de la herencia?

Constituyen bienes de la herencia los existentes en el momento de la defunción del causante, así como los que entregó en vida a alguno de sus herederos. Este es el caso, por ejemplo, de la donación de una vivienda efectuada en vida por un padre a un hijo. La ley entiende que la entrega de bienes en vida –donación- se ha hecho como anticipo de la herencia y habrá que tenerlo en cuenta en la adjudicación de la herencia. Así, el heredero que haya recibido una donación en vida, recibirá de menos en la partición en una cantidad igual a lo que ya recibió por donación. No obstante, la donación no se tendrá en cuenta para valorar la herencia cuando el donante así lo haya dispuesto expresamente.

¿Cuál es el valor de los bienes?

Para la partición de la herencia será necesario realizar un inventario de los bienes que existan, haciendo constar su valor, así como las cargas y gravámenes y descontando todos los gastos.
Los bienes se valorarán según el valor de mercado actual y, en caso de desavenencia entre los herederos, se tendrá en cuenta el valor que tenían los bienes a la fecha de defunción del causante.

¿Por qué es necesario realizar la partición de la herencia?

En el caso de aceptar la herencia a partes iguales sin realizar la partición de los bienes hereditarios, es decir, sin adjudicarse los bienes de una forma concreta pueden surgir problemas.

A efectos ilustrativos, expongamos el caso de una herencia aceptada por tres hermanos a partes iguales en la que existen dos inmuebles. Dichos hermanos están casados y cada uno tiene dos hijos. A fin de evitar conflictos o por la falta de asesoramiento de un profesional en aquel momento, aceptan la parte de los inmuebles que les corresponde. Posteriormente, uno de los tres hermanos fallece, siendo sus herederos su mujer y sus dos hijos. Nos encontramos que los herederos de los inmuebles son ahora los dos hermanos, así como la mujer y los dos hijos del hermano fallecido. Cuantos más herederos existan, más dificultades para alcanzar un acuerdo sobre la forma de proceder en la partición. Si no existe acuerdo sobre la venta o el valor de la cuota que le corresponde a cada uno de los herederos, éstos podrán interponer demanda judicial y, en el peor de los casos,comportará la subasta judicial de los bienes a un precio muy inferior al de mercado.

La figura del Albacea. Cómo evitar conflictos en una participación de herencia

El albacea es la persona encargada de hacer cumplir nuestras últimas voluntades y velar por la conservación de nuestro patrimonio hasta la adjudicación de la herencia. En caso de que no exista albacea designado en testamento son los herederos los encargos de llevar a cabo la voluntad del causante en los términos que constan en el testamento.

Puede designarse uno o varios albaceas, personas físicas o jurídicas. El albacea designado puede ser una persona de confianza o un profesional. La aceptación del cargo es voluntaria, por eso es conveniente contar de antemano con su consentimiento en el caso de que se designe a una persona de confianza.

Existen dos tipos de albaceas: universales y particulares. Los universales reciben el encargo de entregar la herencia en su integridad a las personas designadas y los particulares tienen que cumplir con un encargo o más relativos a la herencia.

Es conveniente que se señale en el testamento si el ejercicio del cargo de albacea es gratuito o que se establezca una retribución determinada. En el caso que no se disponga el importe, los albaceas universales tienen derecho a percibir el 5% del valor del activo hereditario y los particulares el 2% de este valor.

En Artés & Fernández Abogados recomendamos designar albaceas en herencias con varios bienes o con diversos herederos, o en aquellos casos en los que se prevean conflictos entre los herederos.

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